Legislación Estatal

Modificado el Reglamento de IRPF en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo

Modificado el Reglamento de IRPF en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo. Imagen de una chica recibiendo un sobre de dinero en el almacen de su puesto de trabajo

Se acompasan las retenciones al incremento del Salario Mínimo Interprofesional en 2024, que se ha elevado para 2024, a través del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, hasta los 1.134 euros al mes, con el objetivo de que las personas que cobren ese sueldo no soporten retenciones del impuesto en su nómina, elevándose la cuantía mínima para practicar retenciones de 15.000 a 15.876 euros

El Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero (BOE de 7 de febrero, en vigor y con efectos a partir del 8 de febrero), modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

A continuación, reseñamos las modificaciones introducidas en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo (Ver cuadro comparativo):

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2024

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2024. Imagen de una fecha hacia arriba sobre un monton de monedas que van a unos cubos donde pone 2024

El Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero (BOE de 7 de febrero), por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024, establece las cuantías que deberán regir entre el entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, procediendo su abono, en consecuencia, con efectos del 1 de enero de 2024.

Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 5% respecto de las previstas en el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fijó el SMI para 2023, y cuyos efectos fueron prorrogados mediante el artículo 84 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, quedan fijadas en:

Publicada la Orden de Cotización para 2024

Publicada la Orden de Cotización para 2024. Imagen de una calculadora en el que pone en su pantalla 2024

En el BOE del 30 de enero y con efectos desde el día 1 de enero de 2024, se publica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.

El contenido de esta orden debe analizarse teniendo en cuenta la situación de prórroga presupuestaria automática, por lo que sigue siendo aplicable el artículo 122 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y el desarrollo de este llevado a cabo por la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, de cotización para 2023.

No obstante lo anterior, la orden parte de y recoge las medidas transitorias que con incidencia en la cotización y hasta la aprobación de la LPGE de este ejercicio se contienen en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre (art. 84 –prórroga del SMI 2023– disp. trans. octava –medidas transitorias para el Sistema Especial para Empleados de Hogar– y disp. trans. novena –ajustes automáticos en bases mínimas, máximas y tope máximo de cotización–). También es relevante la introducción de una cotización de 0,70 puntos porcentuales para el mecanismo de equidad intergeneracional, además de la regulación de aspectos relacionados con prácticas formativas y académicas, tanto remuneradas como no remuneradas (vid. art. 45).  

Régimen especial de los trabajadores del mar: bases de cotización 2024

Trabajadores del mar: bases de cotización para 2024. Imagen de pesca en bote

En el BOE del 23 de enero se publica la Orden ISM/29/2024, de 22 de enero, por la que se establecen para el año 2024 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

Publicados los Acuerdos de convalidación de los Reales Decretos-leyes 6/2023 y 8/2023, y de derogación del 7/2023

Publicados los Acuerdos de convalidación de los Reales Decretos-leyes 6/2023 y 8/2023, y de derogación del 7/2023. Imagen de una pintura verde señalando un Sí

En el BOE del 12 de enero de 2024 se publican tres Resoluciones del Congreso de los Diputados, de fecha 10 de enero de 2024, ordenando la publicación de los Acuerdos de convalidación de los Reales Decretos-Leyes 6/2023 y 8/2023 y del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 7/2023.

Pensiones: regulado el cómputo de los periodos trabajados en organizaciones internacionales intergubernamentales

Nueva normativa para el reconocimiento de pensiones internacionales: el RD 1133/2023. Imagen de banderas de la zona euro en linea

El Real Decreto 1133/2023, de 19 de diciembre (BOE de 8 de enero), establece reglas y términos para el cómputo de periodos trabajados en organizaciones internacionales intergubernamentalesa efectos de reconocer y calcular pensiones contributivas del sistema español de la Seguridad Social derivadas de contingencias comunes.

Se aplica a pensiones con hecho causante a partir del 4 de julio de 2013.

La enigmática «cláusula pasarela» y el «fantasma» permiso de lactancia acumulada de «28 días»: «¿gato por libre?»

¿Cuál es la duración del permiso de lactancia acumulada? Imagen de padre joven dando de comer al bebé

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

1. ¿Demasiado boato preambular, para tan poca reforma normativa?

En la nueva secuencia de «leyes» de urgencia «ómnibus» (para todo tema regulable) y «escoba» (barre para el BOE todo lo que debería haber sido ya publicado, pero no se ha hecho) que el nuevo Gobierno nos regaló para saludar el tiempo navideño, hallamos el Real Decreto-Ley (RDL) 7/2023, de 19 de diciembre (estuvo precedido por el RDL 6/2023, de 19 de diciembre, aprovechado para dar vida a buena parte de las reformas en los servicios públicos, incluido muy especialmente el de Administración de Justicia, que se frustraron tras disolverse las Cortes antes del 23-J, y seguido por el RDL 8/2023, de 27 de diciembre). Aunque lo más relevante del mismo reside en una reforma, también a medio gas, de la rama asistencial de desempleo (un análisis de los puntos cruciales de este aspecto de la reforma puede verse en el editorial de la profesora Margarita Miñarro, en primer número de 2024 de la RTSS.CEF), este RDL también generaba, ya desde el título, la expectativa de llevar a cabo, entre otras reformas laborales y de Seguridad Social, las debidas para «completar la transposición» de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Regulada la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2024

Contratación extranjeros 2024: migración circular y migración estable. Imagen de una fila de gente extranjera haciendo cola para entrar a la puerta de International Migration

La Orden ISM/1417/2023, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre), regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2024.

En el marco de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (art. 39), y de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (título VIII), reformado por el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, se aprueba la orden que fija los cauces destinados a cubrir las vacantes en las que, en atención al resultado del análisis de la situación nacional de empleo, se requiere la contratación de trabajadores extranjeros en origen.

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