Legislación Estatal

Cambios en el convenio especial de la Seguridad Social: la Orden ISM/1199/2025

Cambios en el convenio especial de la Seguridad Social: la Orden ISM/1199/2025. Imagen de un centro de investigación mientras están trabajando

La Orden ISM/1199/2025, de 23 de octubre, publicada en el BOE del 29 de octubre y con entrada en vigor el 1 de noviembre de 2025, modifica la Orden TAS/2865/2003 que regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, con un doble objetivo: actualizar qué organizaciones internacionales permiten a su personal español suscribir este convenio y añadir expresamente al Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL), que cuenta con una subsede en España desde 2017. El convenio especial previsto en el artículo 14 de la Orden TAS/2865/2003 es el instrumento que permite que determinados trabajadores españoles que prestan servicios en organismos internacionales intergubernamentales queden incluidos en el sistema español de Seguridad Social como asimilados al alta, incluso cuando su relación de servicios, por su carácter internacional, no encaja en una alta ordinaria. Esta figura está prevista desde el Real Decreto 2805/1979 y posteriormente desarrollada para personal español destinado en organizaciones internacionales tanto en el extranjero como, por excepción, en entidades con sede o presencia en España.

Medidas para la mejora de la calidad de vida de las personas con ELA y otras enfermedades

Mejora de la calidad de vida de las personas con ELA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre (con entrada en vigor el 23-10-2025), por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

A través de esta partida económica y de la propia norma, este sistema se adapta a las especificidades de las personas con esclerosis lateral amiotrófica u otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible, a la vez que se garantiza la financiación necesaria para ello. Y se da cumplimiento al desarrollo normativo de la Ley ELA, en tiempo y forma según lo que marca el propio texto legislativo, esto es, antes de cumplirse un año de la publicación de esta ley en el BOE. De esta forma, este real decreto-ley introduce cambios en el SAAD para ofrecer a las personas con ELA la cobertura que necesitan.

RD 919/2025: coeficiente reductor de jubilación para agentes forestales y medioambientales

Con entrada en vigor condicionada. Equipo de dos agentes forestales profesionales de guardaparques que trabajan en la Reserva del Parque Nacional en España

El mismo día en que se publica la Orden PJC/1146/2025, de 13 de octubre –que crea y regula la Comisión de Evaluación encargada de informar sobre la concurrencia de circunstancias objetivas para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación–, el BOE recoge el Real Decreto 919/2025, de 15 de octubre, que fija un coeficiente reductor del 0,20 para los agentes forestales y medioambientales del Régimen General. La norma alinea su tratamiento con otros colectivos de riesgo (bomberos, policías locales), precisa los requisitos de acceso, las reglas de cómputo del tiempo efectivo y establece una cotización adicional para asegurar el equilibrio financiero, con entrada en vigor condicionada a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026 o de la norma que determine dicha cotización.

Real Decreto 817/2025: coeficiente reductor de jubilación para bomberos forestales

Coeficiente reductor de jubilación para bomberos forestales. Imagen de unos bomberos forestales apagando un fuego en un bosque

El Real Decreto 817/2025, de 16 de septiembre, publicado en el BOE del 17 de septiembre y en vigor el día siguiente, modifica el Real Decreto 383/2008 para extender la aplicación del coeficiente reductor de la edad de jubilación a las y los bomberos forestales. La reforma responde al mandato de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales, que exige reconocer todo el tiempo trabajado en actividades de vigilancia y extinción de incendios forestales a efectos de jubilación anticipada.

Destacan las siguientes novedades:

  • Inclusión expresa de los bomberos forestales en el ámbito de aplicación (nueva redacción art. 1 RD 383/2008).
  • Aplicación del coeficiente reductor del 0,20 por año trabajado, con acceso a la jubilación a partir de los 60 años, o 59 con 35 o más años de cotización, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias (nueva redacción art. 2 RD 383/2008).

Publicado el Instrumento de ratificación del Protocolo n.º 16 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales firmado por España referido a la declaración de autoridades de Gibraltar

Ratificación del Protocolo al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales sobre autoridades de Gibraltar

Publicado el Instrumento de ratificación del Protocolo n.º 16 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en el que se declara aplicable el procedimiento previsto en el Régimen relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de ciertos Tratados internacionales acordado por España y el Reino Unido, señalando asimismo que este protocolo no puede ser interpretada como reconocimiento de cualesquiera derechos o situaciones relativas a los espacios que no estén comprendidos en el art. 10 del Tratado de Utrecht, suscrito por la Coronas de España y Gran Bretaña.

En el BOE de hoy 17 de septiembre de 2025 se ha publicado el Instrumento de ratificación del Protocolo n.º 16 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Estrasburgo el 2 de octubre de 2013 y firmado ad referéndum el día 29 de octubre de 2024 por el Plenipotenciario de España.

El Reino de España declara que los órganos jurisdiccionales designados a los fines del art. 1.1 del Protocolo son el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo y «Para el caso de que el presente Protocolo n.º 16 al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales sea ratificado por el Reino Unido y su aplicación extendida al territorio de Gibraltar, el Reino de España desea formular la siguiente declaración de autoridades de Gibraltar:

Publicado en el BOE el Plan Estratégico de la ITSS 2025-2027

El 12 de septiembre se presenta como una fecha importante para dos movimientos clave en la agenda laboral actual: el registro de jornada y el nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) 2025-2027. El primero, en fase de consulta pública, busca reforzar las garantías en materia de control horario y derecho a la desconexión. El segundo, ya aprobado y publicado en el BOE, fija la hoja de ruta de la Inspección para los próximos tres años, en un contexto de alta demanda social, complejidad normativa y transformación tecnológica.

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