Legislación Estatal

Publicada la nueva Ley de Empleo

Nueva Ley de Empleo: resumen de novedades y cuadros comparativos. Imagen de búsqueda de empleo online

En el BOE de 1 de marzo de 2023 se publica la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, cuya entrada en vigor se producirá al día siguiente.

Esta norma está relacionada con el cumplimiento de la Reforma 5 «Modernización de políticas activas de empleo» del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y una de las actuaciones contempladas para su implementación es la modificación del texto refundido de la Ley de Empleo (RDLeg. 3/2015, de 23 de octubre) que prácticamente es derogado en su integridad.

El diagnóstico de la situación de partida es que existen deficiencias en nuestro mercado de trabajo y que el cambio tecnológico en las próximas décadas hará que desaparezcan muchas ocupaciones, que surjan otras nuevas y que se transformen el resto. Conseguir solventar las deficiencias y que la transición a esa «nueva manera de trabajar» sea posible y beneficiosa para la población trabajadora pasa por aumentar la inserción laboral en 15 puntos en los próximos 30 años (alcanzando una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa –80 % en 2050–) y reducir progresivamente las brechas de género. Para ello, entre otras cuestiones, se hace necesario reformar las políticas activas de empleo, cuestión a la que quiere responder esta norma.

Sin perjuicio de emplazar a una lectura detenida de la ley, destacamos las siguientes novedades:

Las empresas de más de 50 trabajadores deben poner en marcha un canal de denuncias

Las empresas de más de 50 trabajadores deben poner en marcha un canal de denuncias. Imagenes de figuras de caras, y una de ellas roja con un silbato en la boca

En el BOE del 21 de febrero, y con entrada en vigor el 13 de marzo, se publica la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Esta norma incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 (Directiva Whistleblowing), y su finalidades proteger a las personas físicas que informen, a través de alguno de los procedimientos previstos en ella, de infracciones del Derecho de la Unión previstas en la directiva citada y de infracciones penales y administrativas graves y muy graves de nuestro ordenamiento jurídico.

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2023

Publicado el real decreto por el que se fija el SMI para 2023. Imagen de unos bloques de madera con signo porcentual y flecha hacia arriba

El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero (BOE de 15 de febrero), por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2023, establece las cuantías que deberán regir entre el entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, procediendo su abono, en consecuencia, con efectos del 1 de enero de 2023.

Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 8% respecto de las previstas en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fijó el SMI para 2022, y cuyos efectos fueron prorrogados mediante el artículo 100 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, quedan fijadas en:

Medidas del primer real decreto-ley de 2023 en vigor el 1 de septiembre: los incentivos a la contratación

RDL 1/2023: incentivos a la contratación vigentes el 1 de septiembre. Imagen de calendario de pared del mes de septiembre de 2023

En el BOE del pasado 11 de enero se publicó el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, convalidado por Resolución de 24 de enero de 2023.

Esta primera norma de extraordinaria y urgente necesidad del año difiere su entrada en vigor al 1 de septiembre de 2023. No obstante, esa vacatio legis no opera para todo su contenido, habiéndose recogido en una primera «entrada» las modificaciones cuya vigencia era inmediata y en una segunda las que lo harán el 1 de abril y el 1 de julio de este año. En esta se dará cuenta de aquellas modificaciones que serán efectivas el 1 de septiembre y que afectan a los incentivos a la contratación laboral.

Publicada la Orden de Cotización para 2023

En el BOE del 31 de enero y con efectos desde el día 1 de enero de 2023, se publica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el presente ejercicio 2023.

Teniendo en cuenta que en tanto no se apruebe el salario mínimo interprofesional para el año 2023, el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, ha prorrogado la vigencia del Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para 2022, en este sentido, las bases de cotización de todos los grupos profesionales previstas en esta orden tendrán carácter provisional hasta que, mediante una nueva orden ministerial, se aprueben de forma definitiva.

Bases de cotización para 2023 de los grupos segundo y tercer del RETMAR

Varios barcos de pescadores en la misma dirección rodeados de gaviotas

En el BOE del 17 de enero se publica la Orden ISM/25/2023, de 13 de enero, por la que se establecen para el año 2023 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (RETMAR) incluidos en los grupos segundo y tercero.

Medidas del primer real decreto-ley de 2023 en vigor el 1 de abril y el 1 de julio de 2023

Estudio de rodaje y la claqueta en primer plano

Como ya se tuvo oportunidad de indicar el pasado del 11 de enero, en el BOE de ese día se publicó el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, primera norma de extraordinaria y urgente necesidad del año que prevé una demora de su entrada en vigor hasta el 1 de septiembre de 2023.

No obstante, esa vacatio legis no opera para todo su contenido, recogiéndose en una primera «entrada» las modificaciones cuya entrada en vigor era inmediata, para, en esta, dar cuenta de aquellas que lo harán el 1 de abril y el 1 de julio de este año y, en una posterior, las que serán efectivas el 1 de septiembre.

Cambios en la gestión de la incapacidad temporal

IT: cambios en modelos de partes a partir del 1 de abril de 2023. Ilustración de recorte de papel con el icono del médico aislado sobre fondo gris

El pasado 5 de enero se dio noticia en esta página de la publicación del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que, a partir del próximo 1 de abril, se suprime la obligación de los facultativos médicos de entregar a los trabajadores una copia en papel de sus partes médicos de baja, confirmación y alta con destino a la empresa y, por tanto, la desaparición de la obligación que hasta ese momento les atañe de entregarla a la empresa en un plazo determinado. Desde entonces, será la administración quien directa y puntualmente comunique a la empresa la expedición de los partes, incumbiendo a la empresa la transmisión a aquella de los datos adicionales que sean necesarios para gestionar la prestación por incapacidad temporal (IT) y la compensación, en su caso, de lo abonado en pago delegado.

Como consecuencia de este cambio, la Orden ISM/2/2023, de 11 de enero (BOE de 13 de enero), con entrada en vigor el mismo 1 de abril, modifica el articulado y los modelos de partes médicos contenidos en la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, para adaptarlos a la nueva regulación.

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