Legislación

Reseñas de Legislación (BOE del 1 al 31 de octubre de 2025)

Reseñas de Legislación (BOE del 1 al 31 de octubre de 2025)

A continuación se reseñan, al objeto de facilitar la acotación temporal de la normativa recientemente aprobada, las normas de interés sociolaboral publicadas en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea del 1 al 31 de octubre de 2025, sombreando aquellas que han sido objeto de análisis en esta página.

Real Decreto 969/2025: desarrollo de la Ley ELA

Patologías de alta complejidad: criterios, listado indicativo y procedimiento. Microscopía de la red neuronal de las células cerebrales

El Real Decreto 969/2025, de 28 de octubre (BOE de 29 de octubre), en vigor el 18 de noviembre de 2025, desarrolla la Ley 3/2024, de 30 de octubre, que nació para garantizar una atención más rápida y coordinada a las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y con otras enfermedades de muy alta complejidad y curso irreversible.

La ley preveía agilizar el reconocimiento de la discapacidad, la dependencia y el acceso a apoyos sociales y sanitarios. Hasta ahora faltaba concretar qué situaciones clínicas, más allá de la ELA, dan derecho a ese tratamiento acelerado. Eso es exactamente lo que hace este real decreto: define los criterios clínicos y asistenciales que deben concurrir, explica cómo se acreditan y crea un procedimiento específico y urgente para que las administraciones autonómicas reconozcan formalmente que una persona está dentro del ámbito de protección reforzada de la Ley 3/2024.

El punto de partida es que la protección no se limita a diagnósticos concretos. El real decreto descarta un listado cerrado de enfermedades, porque ni todas las patologías graves evolucionan igual ni todas las personas con el mismo diagnóstico se encuentran en la misma fase. En su lugar, fija cuatro criterios acumulativos que delimitan cuándo estamos ante una enfermedad o proceso «de alta complejidad y curso irreversible»:

Aprobado el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación

Aprobado el modelo 185

Se aprueba el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación por los órganos o entidades gestores de la Seguridad Social, y las Mutualidades alternativas a la Seguridad Social, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

En el BOE de hoy, 29 de octubre de 2025, se ha publicado la ORDEN HAC/1197/2025 de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, y será de aplicación por primera vez para las declaraciones del modelo 185 relativas al mes de enero de 2026, que se presentarán en el mes de febrero de 2026.

Un año después de la DANA: medidas sociolaborales del RDL 12/2025

Aplazamiento de cuotas y nueva prestación por cese de actividad para autónomos y empresas. Almacén inundado con cajas de cartón, cajones y barriles flotando en el agua

El Real Decreto-ley 12/2025, de 28 de octubre (BOE de 29 de octubre), en vigor el 30 de octubre de 2025, incorpora una nueva fase de medidas excepcionales en materia laboral y de Seguridad Social vinculadas a la DANA de finales de octubre y principios de noviembre de 2024. Su finalidad es clara: sostener el empleo y evitar el cierre definitivo de actividad en las zonas afectadas –en especial en la Comunitat Valenciana– mediante dos ejes de apoyo. Por un lado, se facilita liquidez inmediata a empresas y autónomos con un aplazamiento extraordinario de cuotas a la Seguridad Social en condiciones más favorables de las habituales. Por otro, se prorroga una prestación específica por cese de actividad para trabajadores por cuenta propia que siguen sin poder reanudar su negocio en condiciones normales por daños directos causados por el temporal, extendiendo su cobertura hasta el 31 de diciembre de 2025.

Cambios en el convenio especial de la Seguridad Social: la Orden ISM/1199/2025

Cambios en el convenio especial de la Seguridad Social: la Orden ISM/1199/2025. Imagen de un centro de investigación mientras están trabajando

La Orden ISM/1199/2025, de 23 de octubre, publicada en el BOE del 29 de octubre y con entrada en vigor el 1 de noviembre de 2025, modifica la Orden TAS/2865/2003 que regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, con un doble objetivo: actualizar qué organizaciones internacionales permiten a su personal español suscribir este convenio y añadir expresamente al Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL), que cuenta con una subsede en España desde 2017. El convenio especial previsto en el artículo 14 de la Orden TAS/2865/2003 es el instrumento que permite que determinados trabajadores españoles que prestan servicios en organismos internacionales intergubernamentales queden incluidos en el sistema español de Seguridad Social como asimilados al alta, incluso cuando su relación de servicios, por su carácter internacional, no encaja en una alta ordinaria. Esta figura está prevista desde el Real Decreto 2805/1979 y posteriormente desarrollada para personal español destinado en organizaciones internacionales tanto en el extranjero como, por excepción, en entidades con sede o presencia en España.

Medidas para la mejora de la calidad de vida de las personas con ELA y otras enfermedades

Mejora de la calidad de vida de las personas con ELA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre (con entrada en vigor el 23-10-2025), por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

A través de esta partida económica y de la propia norma, este sistema se adapta a las especificidades de las personas con esclerosis lateral amiotrófica u otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible, a la vez que se garantiza la financiación necesaria para ello. Y se da cumplimiento al desarrollo normativo de la Ley ELA, en tiempo y forma según lo que marca el propio texto legislativo, esto es, antes de cumplirse un año de la publicación de esta ley en el BOE. De esta forma, este real decreto-ley introduce cambios en el SAAD para ofrecer a las personas con ELA la cobertura que necesitan.

RD 919/2025: coeficiente reductor de jubilación para agentes forestales y medioambientales

Con entrada en vigor condicionada. Equipo de dos agentes forestales profesionales de guardaparques que trabajan en la Reserva del Parque Nacional en España

El mismo día en que se publica la Orden PJC/1146/2025, de 13 de octubre –que crea y regula la Comisión de Evaluación encargada de informar sobre la concurrencia de circunstancias objetivas para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación–, el BOE recoge el Real Decreto 919/2025, de 15 de octubre, que fija un coeficiente reductor del 0,20 para los agentes forestales y medioambientales del Régimen General. La norma alinea su tratamiento con otros colectivos de riesgo (bomberos, policías locales), precisa los requisitos de acceso, las reglas de cómputo del tiempo efectivo y establece una cotización adicional para asegurar el equilibrio financiero, con entrada en vigor condicionada a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026 o de la norma que determine dicha cotización.

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