RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Hacia un enfoque más economicista en la política europea de seguridad y salud en el trabajo: Reflexiones críticas a la luz del Marco Estratégico 2014-2020

Tras la incertidumbre inicial sobre la aprobación de una nueva Estrategia comunitaria tras la expiración de la anterior, finalmente hemos conocido la Comunicación de la Comisión sobre el Marco Estratégico 2014-2020 en materia de Seguridad y Salud. El documento, aunque en apariencia continúa la línea trazada por sus precedentes, presenta nuevos perfiles y reubica los centros neurálgicos, reflejo de un nuevo enfoque más economicista y menos humanista de la tutela de la seguridad y salud en el trabajo. La irrupción con fuerza de conceptos como la competitividad, la rentabilidad, la productividad, la empleabilidad o la prolongación de la vida activa, que engarzan de manera natural con otras Estrategias Comunitarias, se enmarcan en un claro viraje hacia una Europa menos social. No obstante, cabe apreciar algunos aspectos positivos, en particular la centralidad de las enfermedades relacionadas con el trabajo y la necesidad de utilización de herramientas no legislativas, ante el relativo fracaso de la aplicación del acervo jurídico comunitario. Late una especial preocupación por las pequeñas empresas, cuyas especiales dificultades, bien conocidas, siguen sin contar con respuestas adecuadas, en especial a nivel interno.

Palabras claves: seguridad, salud, rentabilidad, productividad, pymes y riesgos emergentes.

M.ª Teresa Igartua Miró
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Sevilla

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RTSS. CEF. NÚM. 383 (febrero 2015)

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Afrontamiento y regulación emocional en personas en situación de desempleo

El objetivo principal de este estudio ha sido conocer las diferentes estrategias de regulación emocional que utilizan las personas que se encuentran en situación de desempleo. Además, esta investigación explora las emociones más frecuentes que produce el quedarse sin empleo, identifica las estrategias de regulación utilizadas y analiza su uso en distintos grupos de edad y por género (hombre/mujer). Los datos mostraron que las emociones más frecuentes ante la situación de desempleo suelen tener un componente afectivo negativo y, específicamente, la emoción más señalada es la impotencia, seguida de la rabia y la frustración. En cuanto a las estrategias de regulación emocional, los resultados destacan que los participantes utilizan, de forma general, un tipo de afrontamiento activo y adaptativo relacionado con las acciones que se realizan para disminuir los síntomas fisiológicos, minimizar las emociones negativas y aumentar las positivas, en las que emplean frecuentemente la resolución de problemas, la distracción, el pensamiento desiderativo, el autocontrol y el apoyo social para hacer frente a la situación de desempleo. Desde el punto de vista aplicado, estos resultados permiten que el personal dedicado a la orientación y asesoramiento laboral disponga de herramientas para trabajar el afrontamiento de las personas y se puedan diseñar planes de formación y/o coaching orientados a la mejora de las competencias personales de quienes están en desempleo.

Palabras claves: regulación emocional, afrontamiento emocional, desempleo y personas desempleadas.

Vanesa Pérez Torres
Profesora Visitante. Departamento de Psicología.
Universidad Rey Juan Carlos

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RTSS. CEF. NÚM. 383 (febrero 2015)

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El Programa de Activación para el Empleo 2015-2016 y otras cuestiones contenidas en el Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre

Con fecha 15 de diciembre de 2014, se firmó entre el Gobierno, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y los sindicatos CC. OO. y UGT el Programa extraordinario de activación para el empleo con un contenido específico de orientación, formación, recualificación y/o reconocimiento de la experiencia laboral que, acompañado de una medida de protección, pretende facilitar la reinserción laboral a los desempleados de larga duración con cargas familiares. Este acuerdo se ha visto reflejado pocos días después en el Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo, que contempla las medidas concretas del Programa que afectan al solicitante desempleado, en aspectos tales como los requisitos, la asignación de un tutor que le trace un itinerario individual personalizado en la búsqueda de empleo o la posibilidad de compatibilizar la denominada ayuda económica de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
Estas y otras cuestiones de interés del Programa serán analizadas con detenimiento en este comentario.
El citado real decreto ley incluye, además, algunas medidas lindantes en materia de prestación por desempleo, como sucede con la exoneración de cuotas hasta un determinado porcentaje, dirigida a empresas que por causas extraordinarias, como puede ser un incendio, se ven abocadas a suspender la relación laboral o reducir la jornada laboral de sus trabajadores. Medida que, sin duda, tiene su origen en el grave incendio que sufrió la empresa Campofrío, en su centro de trabajo de Burgos y que ha dejado a muchos trabajadores en desempleo.
Finalmente, se incluyen otras cuestiones que modifican determinadas normas laborales y de Seguridad Social referentes a los contratos en formación y aprendizaje, requisitos de la Renta Activa de Inserción, responsabilidad empresarial en el pago de prestaciones y reintegro de prestaciones indebidas por el trabajador y el nuevo encaje de las agencias de colocación como entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo.

Palabras claves: empleo activo, compatibilidad trabajo-prestación, ayuda económica de acompañamiento y exoneración de cuotas.

Fco. Javier Fernández Orrico
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Miguel Hernández

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RTSS. CEF. NÚM. 383 (febrero 2015)

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¿Inflación académica? Formación y gestión del conocimiento en la nueva economía: De la «war for talent» a los entornos colaborativos virtuales

El presente trabajo realiza una revisión de los fenómenos de sobrecualificación en los recursos humanos –y otros problemas concomitantes como la pretendida «inflación académica»– en el contexto del profundo cambio disruptivo determinado por las tecnologías digitales. En un escenario de auténtica «explosión cognitiva», caracterizado por la insuficiente capacidad individual para asumir e integrar la totalidad de información sobreabundante de las redes en la propia experiencia laboral, se replantea la significación misma de la formación y los títulos académicos al tiempo que irrumpen novedosos sistemas de acreditación on-line.
Desde una revisión analítica y teorética del capital humano en la Economía del conocimiento
–devenido ya en auténtico «capital intelectual» en entornos que comportan la composición de tareas diversas y parcelarias en una densa red de mediaciones interdependientes, complejas y laberínticas–, se destaca la nueva dimensión colaborativa del trabajo en la red que, con creciente interdisciplinariedad y holismo, en «inteligencia de enjambre», ha venido a suceder a los conocidos paradigmas de la «guerra por el talento».

Palabras claves: trabajador del conocimiento, lifelong learning, gestión del conocimiento, conectivismo, aprendizaje innovador, guerra por el talento e inflación académica.

Fernando Salas Bernalte
Abogado y Economista. Profesor de Administración y Gestión de Empresas

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RTSS. CEF. NÚM. 382 (enero 2015)

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El nuevo sistema de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social. Análisis de la Ley 34/2014. El procedimiento administrativo implantado

Han sido constantes los avances que se han producido ya desde la pasada década en la adopción de la gestión electrónica por las Administraciones públicas. En el ámbito de la Seguridad Social, y más concretamente, en la TGSS, se han modernizado en este sentido los procedimientos administrativos y los servicios prestados a los ciudadanos.
Uno de los mejores exponentes de esta evolución es el proyecto CRET@, que dio sus primeros pasos en 2008, poniéndose en marcha el denominado RED Directo, mediante el que se facturaron las cuotas a pequeñas empresas que se adhirieron al mismo voluntariamente.
El siguiente paso de este destacado proyecto se ha dado con la reciente promulgación de la Ley 34/2014, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social. Entre sus objetivos se encuentra fundamentalmente la extensión paulatina de la liquidación y la facturación de cuotas por la TGSS a todas las empresas.
Una vez implantado en su totalidad el nuevo sistema, tomará el relevo del actual procedimiento de autoliquidación de cuotas que realizan las empresas. Con ello se facilitará a estas una mayor simplificación del cumplimiento de su obligación de cotizar, y la TGSS dispondrá de un mejor control de la deuda, consiguiéndose asimismo una disminución de las cargas administrativas.
En este artículo analizaremos los cambios y adaptaciones normativas que se han producido tras la entrada en vigor de la Ley 34/2014, y describiremos el nuevo procedimiento de liquidación directa.

Palabras claves: liquidación directa, facturación de cuotas, cálculo de liquidación y sistema RED.

Javier Aibar Bernad
Funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Seguridad Social

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RTSS. CEF. NÚM. 382 (enero 2015)

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El contrato fijo de obra, el artículo 15.5 del ET y las reformas laborales

El régimen jurídico del contrato por obra o servicio determinado ha venido tradicionalmente configurado por las normas legales [arts. 15.1 a) y 49.1 c) ET] y reglamentarias (art. 2 RD 2720/1998, de 18 de diciembre) que lo regulan, pero no puede desdeñarse el creciente papel que la negociación colectiva asume en este ámbito (principalmente mediante la reintroducción de la figura del contrato fijo de obra –que constituye el objeto principal de estudio del presente trabajo–), el cual, previsiblemente, irá en aumento a la vista de las posibilidades que, en este sentido, abren las modificaciones introducidas por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, en su disposición adicional primera y en el propio artículo 15.1 a) del Estatuto de los Trabajadores.
Así pues, es posible afirmar que el régimen regulador del contrato por obra o servicio determinado es –y, cada vez más, será– la resulta de un conglomerado de preceptos de origen legal, reglamentario y convencional que, conjuntamente, lo delimitan. En lo que sigue se aborda su contenido y problemática principales desde la óptica primordial que ofrece su tratamiento por la negociación colectiva y, más específicamente, a través de la perspectiva que presentan las peculiaridades de la regulación por esta de la figura del contrato fijo de obra.

Palabras claves: contrato fijo de obra, contrato por obra o servicio determinado, negociación colectiva y reforma laboral.

Francisco Agustín Rodrigo Sanbartolomé
Licenciado en Derecho

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RTSS. CEF. NÚM. 382 (enero 2015)

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Concurrencia de responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales: Aspectos sustantivos y procesales

En este trabajo se estudia el complejo sistema de responsabilidades empresariales en materia de prevención de riesgos, centrando su atención en los problemas prácticos de concurrencia. En nuestro sistema jurídico se contemplan hasta cuatro tipos de responsabilidades jurídicas distintas, esto es, administrativa, penal, laboral y civil. Sin duda, se trata de un sistema de responsabilidad empresarial sumamente complejo, que implica aplicar criterios y principios propios de diferentes disciplinas jurídicas. Formalmente se presentan distintos tipos de responsabilidad de contenido heterogéneo, que se configuran jurídicamente como compartimentos estancos, pero que irremediablemente confluyen en la práctica con el fin de reparar las consecuencias derivadas de los resultados lesivos. Cada una de estas responsabilidades tiene sus propios criterios de aplicación y responden entre ellas de diferente modo ante las situaciones de concurrencia y compatibilidad. Los problemas surgen por la inevitable yuxtaposición de las distintas modalidades de responsabilidad empresarial, sobre las que se proyectan distintos criterios jurisprudenciales de aplicación, que no son unívocos y en muchos casos plantean consecuencias dispares. En este estudio se pretende aclarar el sistema de articulación jurídica de los distintos tipos de responsabilidad, que intentan asegurar la finalidad preventiva y, sobre todo, la reparación efectiva del daño laboral.

Palabras claves: responsabilidad empresarial, riesgos laborales, régimen sancionador, daños y perjuicios y responsabilidad penal.

Eduardo López Ahumada
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Alcalá

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RTSS. CEF. NÚM. 382 (enero 2015)

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La relación laboral como relación social (justicia relacional y socialidad común)

Este ensayo, tras indagar cuándo y por qué nuestro sistema económico productivo abandonó la orientación al bien común (en pos del llamado «bien total», que permite soslayar el bien de las personas concretas), aborda el hecho de que la inserción del trabajador en el mecanismo productivo capitalista originario produjo una seria alienación respecto a sus estructuras sociales genuinas. Ese es el sentido de afirmar que dicha relación jurídica no es solo mercantil, sino, sobre todo, de carácter social. El enfoque de justicia relacional propone buscar la justicia principalmente en la relación, porque el origen de la injusticia social es de carácter relacional. Lo que, más allá de lo institucional o normativo (imprescindible para reequilibrar la desigualdad negocial), exige atender a la parte viva de la relación, a la participación e interacción recíproca continua. Potenciando, en definitiva, un contexto de socialidad –relaciones sociales– de carácter civil, común, donde sean importantes el «todos» y el «cada uno».

Palabras claves: justicia social, justicia relacional, socialidad, reciprocidad y principio de fraternidad.

Antonio Márquez Prieto
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Málaga

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