La reclamación por los daños causados durante una huelga exige acreditar la participación activa del responsable civil en los hechos
Enviado por Editorial el Vie, 29/04/2016 - 08:48El Pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado parcialmente el amparo a un ciudadano que fue condenado al pago de una indemnización de 816,82€ como responsable civil de los daños, personales y materiales, sufridos por el dueño de un pub durante una jornada de huelga general. El Tribunal confirma la parte de la condena correspondiente a los daños materiales causados por la actuación violenta del piquete (cuya finalidad era el “cierre del local”), daños de los que debe responder el demandante. Por el contrario, el Pleno anula la parte de la condena correspondiente a los daños personales porque no quedó acreditada ni la “autoría material” del recurrente en la agresión ni tampoco que “diera ninguna directriz para su comisión”; el Tribunal considera en este punto que se ha vulnerado su derecho fundamental de huelga (art. 28.2 CE). Ha sido ponente de la resolución el Presidente, Francisco Pérez de los Cobos. Firman un voto particular conjunto la Vicepresidenta, Adela Asua, y el Magistrado Fernando Valdés Dal- Ré; también han formulado votos particulares los Magistrados Encarnación Roca y Juan Antonio Xiol.