TS. Es compatible la pensión de incapacidad permanente total con el desempeño retribuido del cargo de concejal de ayuntamiento con dedicación parcial
Enviado por Editorial el Mié, 11/12/2024 - 08:28Incapacidad permanente total (IPT). Compatibilidad con el ejercicio retribuido del cargo de concejal de un ayuntamiento en régimen de dedicación exclusiva parcial y retribuida. Aplicación de la normativa de seguridad social y de las reglas sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas en relación con los miembros electos de las corporaciones locales.
No cabe duda de que la legislación de seguridad social permite la compatibilidad de las retribuciones que puedan percibir los miembros electos de una corporación local con la pensión de IPT que les haya sido reconocida por el desempeño de funciones correspondientes a una profesión habitual diferente. No conduce a una solución distinta el régimen legal sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, ya que la Ley 53/1984 únicamente contempla la incompatibilidad del ejercicio retribuido del cargo de concejal con la percepción de una pensión de jubilación o retiro por derechos pasivos o por cualquier régimen de seguridad social público y obligatorio.