TS. Recaída en IT mientras se percibe desempleo. No se amplía en ningún caso la duración de la prestación de desempleo, y ello con independencia de la contingencia de la que aquella derive
Enviado por Editorial el Jue, 07/11/2024 - 11:55Incapacidad temporal (IT) por recaída que surge durante la percepción de la prestación de desempleo. Solicitud de ampliación de su duración. Improcedencia.
En la relación entre prestación por desempleo e IT el artículo 283.1 de la LGSS señala en qué supuesto no se descuenta del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que el trabajador haya permanecido en la situación de IT. Ello ocurre en el caso del trabajador que se encuentra en situación de IT derivada de contingencias profesionales y durante dicha situación el contrato de trabajo se extingue. Pero no ocurre lo mismo si la incapacidad deriva de contingencias comunes. En este último caso, sí se descuenta del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que el trabajador haya permanecido en la situación de IT.