TS. Incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional. La empresa está legitimada para recurrir en suplicación la sentencia desestimatoria de la demanda de la mutua para que la contingencia se califique de enfermedad común
Enviado por Editorial el Jue, 04/04/2024 - 14:56Contingencia de enfermedad profesional atribuida por el INSS a la incapacidad permanente total reconocida al trabajador. Legitimación activa de la empresa para recurrir en suplicación la sentencia desestimatoria de la demanda de la mutua para que la contingencia se califique de enfermedad común.
Cuando la Mutua patronal asume el pago de la prestación derivada de contingencias profesionales y solicita la revocación de la resolución administrativa que así lo declara, en esta situación la empresa será formalmente llamada al proceso en calidad de codemandada, pese a que no se formule contra ella ninguna petición de condena. Su intervención quedará entonces condicionada por los límites que corresponden a quien ocupa esa posición en el litigio, singularmente, en lo que se refiere a la imposibilidad de introducir en el procedimiento cuestiones fácticas o jurídicas diferentes a las planteadas por la demandante.