Error en el cálculo de la indemnización por despido objetivo
Enviado por Editorial el Vie, 06/09/2013 - 07:53¿Cuáles son las consecuencias para una empresa que comete un error en el cálculo de la indemnización de un despido objetivo?
Pues depende de si el error puede calificarse cono “excusable” o “inexcusable”.
El art 53. 4 in fine del ET, que regula la forma y efectos de la extinción por causas objetivas, establece que:
“No obstante, ….. el error excusable en el cálculo de la indemnización no determinará la improcedencia del despido, sin perjuicio de la obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho período o al pago de la indemnización en la cuantía correcta, con independencia de los demás efectos que procedan”.